Cuando volvemos a trabajar muchas nos preguntamos cuales son los derechos que debemos exigir a nuestro empleadores. Es importante que sepas que existen 3 derechos irrenunciables en tu nuevo rol de padre y madre:
Derecho a sala cuna:
Si trabajas tienes el derecho de llevar a tu hijo o hija a una sala cuna, el empleador tiene la obligación legal de mantener salas de cuna en las empresas con 20 o más mujeres, de cualquier edad o estado civil. Estas pueden ser salas anexas e independientes del local de trabajo y debes tener la posibilidad de alimentar a tu hijo y dejarlo mientras dure toda tu jornada de trabajo.
Permiso para alimentar a tu hijo:
Si posees contrato de trabajo tienes derecho a disponer de una hora al día para alimentar a tu guagua hasta que cumpla los 2 años.
Este derecho puede ejercerse de las siguientes formas:
– En cualquier momento dentro de la jornada de trabajo, siempre conviniéndolo con el empleador.
– Dividiéndolo en dos salidas a lo largo del día
– Postergando o adelantando en media hora( si es ambas), o en una hora (si es solo una opción) , el inicio o el término de la jornada de trabajo.
El período de tiempo para alimentar al hijo o hija en sala cuna se amplía al necesario para el viaje de ida y vuelta.
El empleador pagará el valor de los pasajes del transporte, entendiéndose por esto, el valor del pasaje de la micro.
Este derecho es aplicable, aun cuando no se goce del derecho a sala cuna, en cuyo caso puedes ir a alimentar a tu hijo a la casa.
Permiso por enfermedad grave de tu hijo o hija:
La madre o el padre trabajador (cualquiera de ellos, a elección) tendrá permiso para cuidar de un hijo que tenga una enfermedad grave por el período que el médico determine pertinente.
Es requisito que la enfermedad esté acreditada mediante certificado médico.
Este derecho también rige para niños menores de un año que se tengas bajo tuición o cuidado personal, por resolución judicial.
Fuente: Chile crece Contigo